¿Megaproyectos urbanos deben ser concesionados?
Cali carece un plan vial estructural que
permita la conectividad de todas las modalidades de transporte y movilidad
entre sus cuatro puntos cardinales. La administración municipal ha ejecutado
proyectos puntuales satisfaciendo necesidades generadas por el incremento del
parque automotor y la introducción del SITM sin obedecer a un plan maestro de
planificación.
Los dos planes, el Anillo Vial Interno y el
Plan Maestro del Sur, aprovecharán el actual espacio público vial de la ciudad.
Aunque no hay presupuestos definitivos, la inversión puede acercarse a los US $
2.0 millones, obras con duración de tres años y construidos en varias etapas.
La actual administración ha concentrado sus
esfuerzos en buscar financiar las obras, aprovechando
la nueva Ley de
Asociaciones Público-Privadas, recuperando la inversión a través de peajes, concesionando
al tiempo límite legal de 30 años.
La estructuración de este tipo de concesión
obliga al estado garantizar, a favor del privado, el recaudo con base al
tráfico proyectado. A título informativo, Standard & Poor’s mostró en
una investigación reciente que en 82 proyectos de concesión estudiados, el
tráfico real en el primer año de operación fue en promedio 76% del pronosticado
en los estudios iníciales.
Tratándose de concesión vial urbana, donde
existen más alternativas de movilización que en vías intermunicipales
seguramente el tráfico proyectado será inferior y consecuentemente el tiempo de
superar el tráfico real presupuestado mayor, obligando al municipio a cubrir
fiscalmente dicho faltante por varios años, pese al gravamen de peajes al usuario.
Al comprometer recursos públicos y de
vigencias futuras es obligación de la administración municipal ser creativa y
recursiva financieramente. Debe buscar alternativas de estructuración
financiera, como por ejemplo; bonos de deuda pública con plazo de 30 años y
tasa de interés inferior al 5% anual, recursos de cofinanciación de la banca
multilateral, recursos a largo plazo del sector financiero formal, fondos de
pensión, fondos privados de inversión o regalías.
Los diseños y contratación directa de obra,
adjudicados mediante convocatoria pública, son más ventajosos económicamente
para el municipio. Se reduce el presupuesto de inversión, se evita la
contingencia del tráfico mínimo garantizado y no se entrega espacio público para
usufructo del concesionario. Adicionalmente no se pierde autonomía presupuestal
ni fiscal en el costo asociado al diseño y ejecución de los proyectos cuando son
entregados al manejo arbitrario e interesado del concesionario, como sucedió
con las actuales megaobras.
Es curioso que una administración que
combatió exitosa y ferozmente la tercerización y las concesiones impulse un
proyecto de características similares con plazos y condiciones infinitamente
superiores, haciendo eco al principal promotor, el actual Secretario de
Infraestructura, quien se ha destacado por su experiencia en el sector gremial
más que la convicción en defensa del interés general.
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